Cadena del Interior

viernes 26 julio, 2024

CASO MAFALDA SANCHEZ: PRISIÓN PREVENTIVA PARA UNO DE LOS IMPUTADOS Y LIBERACIÓN DE RIVAROLA

La audiencia se desarrolló en el Juzgado de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial. Ambos quedaron imputados por homicidio en ocasión de robo.

Este jueves se venció la prórroga de detención para los dos imputados por el homicidio de Mafalda Sánchez ocurrido el pasado 4 de septiembre en el Barrio La Rioja de Villa Mercedes. En esta ocasión ambos prestaron declaración, relataron lo realizado el día del hecho y respondieron preguntas de las partes.

Según el relato de Fiscalía, el pasado 4 de septiembre entre las 12:15 y 12:30, aproximadamente, dos personas ingresaron –por calle Chacabuco-  al primer módulo del complejo habitacional del Bº La Rioja. Una vez allí procedieron a cortar un cable de un tablero eléctrico y dejaron sin luz el departamento de la víctima. Posteriormente uno de ellos ingresó al inmueble sin forzar la puerta, recorrió todos los ambientes y procedió a violentar a la señora mientras que el otro hombre se quedó esperando en el hall. Luego se retiraron del lugar con un elemento que funcionaba como alcancía. Ambos aparentaban ser personal de la empresa eléctrica, dijo.

Cabe mencionar que el miércoles 6 de septiembre pasado se allanaron las viviendas de dos hombres, lo cuales fueron imputados por homicidio en ocasión de robo (previsto y penado en el art. 165 del Código Penal) en calidad de co-autores (art. 45 C.P).

La audiencia se desarrolló en el Juzgado de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial a cargo del Dr. Santiago Ortiz, como secretarias intervinieron las Dras. Nadia Segura y Daniela López Martin.

En representación de la defensa intervinieron el Dr. Hernán Herrera y la Dra. Ximena Bertoldi. En esta oportunidad, la defensa –en su extenso alegato- solicitó que no se tengan por formulados los cargos a sus asistidos ya que no existen elementos para acreditar la intervención activa de ambos en el hecho, que no han sido secuestrados elementos de interés para la causa, asimismo argumentaron, en relación a la calificación legal, que no está demostrado el extremo para aplicar dicha figura.

Además expusieron, entre otras cuestiones, que no existió una conexión entre las lesiones que constan en el informe médico legal y la causa de la muerte.

Por otro lado, los representantes del Ministerio Público Fiscal –Dres. Maximiliano Bazla, Gastón Yllera y Gisela Milstein- ratificaron la formulación de cargos por considerar que existen elementos de convicción suficientes para sostener la calificación legal.

En relación a uno de los imputados, el Dr. Bazla dijo que no iba a solicitar ninguna medida de coerción personal ya que no se ha llegado a la certeza para sustentar la participación pero que si se debía sostener la calificación legal porque es un sujeto de interés para la investigación del hecho.

Con respecto al otro imputado, también ratificó la calificación legal y solicitó la prisión preventiva por el término de cuatro meses. Describió el hecho y expresó que de acuerdo al análisis de las declaraciones y otras evidencias, hubo una co participación para consumar el hecho.

Por su parte, el representante del particular damnificado, Dr. Emiliano Vera adhirió a lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal y consideró que es una medida adecuada. que existe riesgo procesal, obstaculización de la investigación, antecedentes, etc. Y dijo que el término de cuatro meses es razonable ya que resta incorporar evidencia, entre ellas, reproducción de material fílmico, examen patológico, informe de delitos complejos, etc.

Luego de un cuarto intermedio, el Dr. Santiago Ortiz resolvió:

Atento a la provisoriedad de la imputación endilgada y conforme a los elementos vertidos en ambas audiencias y la existencia de indicios para sostener la calificación penal, ratificar los cargos –de manera provisoria- para ambos hombres por el delito de homicidio en ocasión de robo (previsto y penado en el art. 165 del Código Penal) en calidad de co-autores (art. 45 C.P).

Ordenar la prisión preventiva por el término de cuatro meses para G.A.P y el traslado al Servicio Penitenciario Provincial.

Ordenar la inmediata libertad de Jorge Daniel Rivarola, sin perjuicio de quedar sujeto al proceso.

En el siguiente video podrá acceder a la resolución del Dr. Santiago Ortiz.