Cadena del Interior

sábado 27 julio, 2024

Fabio la “Mole” Moli fue condenado a dos años y dos meses de prisión

El juicio fue por tres delitos: coacción, violación de domicilio y lesiones leves (en contexto de violencia de género) contra su exesposa, Marta Galiano

El exboxeador cordobés, Eduardo Fabio Moli (la “Mole Moli”) fue condenado este lunes a dos años y dos meses de prisión en suspenso por el delito de “coacción” (fuerza o violencia que se hace a una persona para obligarla a decir o ejecutar algo) en contra de su exesposa Marta Galiano, según la sentencia emitida por el tribunal unipersonal de la Cámara 12ª del Crimen de Córdoba.

El pasado lunes 15 había comenzado el proceso de enjuiciamiento en contra de la “Mole” Moli (54 años) por tres delitos: ‘coacción, violación de domicilio y lesiones leves (en contexto de violencia de género)’, hechos que ocurrieron en la localidad cordobesa de Villa del Rosario, donde residen el exboxeador y su exesposa, quienes están separados del vínculo matrimonial.

Durante las audiencias, Galeano testificó que su exesposo la había golpeado el 5 de enero de 2019 y que cinco días después repitió la agresión.

Con respecto a la “violación de domicilio”, la denuncia corresponde a Viviana Pereyra, una vecina y amiga de Galeano, quien sostuvo que en octubre de 2020 la “Mole” Moli ingresó sin autorización a su domicilio y la amenazó, ya que se trata de una de las testigos de cargo en contra del expugilista.

Los delitos de “lesiones leves y violación de domicilio” fueron considerados prescriptos por la jueza María Gabriela Bella, por lo tanto la sentencia condenatoria fue solo por el delito de “coacción”, previó al fallo la “Mole” Moli aceptó los cargos.

“Estoy contento, por una parte, porque se terminó todo esto. Ya está. Ya se acabó. Me voy a mi casa a seguir laburando porque tengo una familia que cuidar”, dijo el exboxeador luego de escuchar la sentencia y retirarse de Tribunales.

El fiscal Mariano Antuña había solicitado una pena de dos años y ocho meses, no obstante dijo que “el fallo está en sintonía en términos generales” con lo que había planteado en sus alegatos sobre dos hechos de coacción.