Hasta esa fecha, la vigencia será de tres años. La medida también rige para las motos.
Desde el próximo lunes 5 de abril de 2021, la Cédula de Identificación de los Automotores y Motovehículos (es más conocida como cédula verde) volverá a tener un año de vigencia corrido a partir del día de su expedición. Hasta el domingo 4, mantendrá la vigencia actual de tres años.
Así las cosas, una cédula expedida el 6 de abril de 2021 tendrá vigencia hasta el 6 de abril de 2022. Sin la nueva disposición (D.N. Nº 30/21), hubiera estado vigente hasta el 6 de abril de 2024.
La vigencia de la cédula verde será de un año para los conductores que no sean titulares del vehículo. El titular registral del automotor podrá circular sin inconvenientes con la misma tarjeta más allá del primer año. Lo mismo ocurrirá cuando se trate de automotores destinados y debidamente habilitados por la autoridad competente al uso de taxi o remis, al servicio de alquiler sin conductor, al transporte de carga o de pasajeros o registrados a nombre del Estado nacional, provincial o municipal. En ese caso, no tendrán vencimiento.
Quienes manejen un vehículo del que no sean titulares más allá del año de vigencia de la cédula verde están obligados a circular con una cédula azul a su nombre. La cédula azul, al igual que la verde, no tiene vencimiento para el titular de la misma.
En términos prácticos, lo dicho hasta aquí significa que si, por ejemplo, un auto compartido por una pareja entre hombre y mujer está a nombre de la mujer, el hombre podrá manejarlo durante el primer año de vigencia de la cédula verde (está a nombre de la titular; es decir, la mujer), y después de ese año deberá contar con una cédula azul, con la que podrá circular hasta que el vehículo se venda.
Documentación obligatoria
La cédula verde o azul es uno de los papeles obligatorios para circular en la Argentina, pero no el único. A continuación, el listado completo informado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
– Licencia de conducir vigente. El registro no puede estar vencido, a menos que el municipio en el que residís haya postergado los vencimientos por la pandemia.
– Documento Nacional de Identidad. Con la licencia no alcanza para acreditar identidad. Tendrás que presentarla junto al DNI.
– Cédula verde o azul. Si sos el titular, deberás presentar tu cédula verde. Si no sos el titular, podés presentar la cédula verde del titular siempre y cuando no esté vencida (vence luego de un año). Si lo está, tendrás que mostrar la cédula azul a tu nombre.
– Revisión Técnica Obligatoria o Verificación Técnica Vehicular. Antes de salir a la ruta, realizá el chequeo anual de tu vehículo. No tenerlo significará una infracción.
– Comprobante de la póliza del seguro. No hacen falta los recibos de pago, pero sí la cédula que acredita la vigencia del seguro automotor. Está permitido mostrar una póliza digital.
– Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo (patente). Pese a que muchos conductores creen lo contrario, es obligatorio circular con el último comprobante de pago de la patente. Por “último” no se entiende al último que se abonó, sino al del último vencimiento, que debería, a su vez, ser el último abonado. Si el último abonado corresponde a un período vencido dos o más meses atrás, el comprobante no tendrá validez ya que el impuesto estará vencido.
– Cédula amarilla en caso de vehículo equipado con GNC.