Cadena del Interior

sábado 14 septiembre, 2024

El Gobierno eliminó el pago a SADAIC por la reproducción de música en fiestas privadas, comercios y hoteles

El Gobierno Nacional implementó medidas en el uso de los derechos de autor mediante el decreto 765/2024 publicado en el Boletín Oficial este martes. De esta forma, las películas, canciones y otro tipo de representaciones artísticas usufructuadas en ámbitos privados, como salones u hoteles, dejarán de pagar por el uso de la propiedad intelectual.

La medida firmada por el Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos y el Ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona modifica el decreto 41.223/34 especificando que el término “ejecución pública” de una obra artística, no aplica “cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal”.

Solamente se aplicará el canon de los derechos de autor si la representación o ejecución pública se efectúa, cualquiera que fueren los fines de la misma, en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas.

El Gobierno argumentó en la norma que resultaba necesario redefinir el concepto de ejecución pública para clarificar, con alcance actual y razonable, su ámbito de aplicación y así “garantizar un efectivo resguardo de los derechos de los autores, excluyendo de sus alcances a las representaciones o ejecuciones que se desarrollen en un ámbito privado, de acceso restringido para el público general”.

La propiedad intelectual es la protección otorgada por la ley a las personas autoras de obras científicas, literarias, artísticas o didácticas, permitiéndo exponerla o reproducirla por cualquier medio, así como traducirla, comercializarla o autorizar a otros a hacerlo, impidiéndo a cualquier persona no autorizada a ejercer estos derechos. Para estar protegido/a no es requisito registrar personalmente las creaciones, ya que automáticamente quedan asentadas en la Dirección Nacional del Derecho de Autor.

La lista de las creaciones incluídas son: Libros y otros escritos, Obras dramáticas, Dibujos, pinturas, esculturas y obras de arquitectura, Planos, mapas y maquetas, Obras cinematográficas y audiovisuales, Emisiones de radiodifusión, Fotos, Composiciones musicales, grabaciones y fonogramas, Coreografías, Programas de computación y Bases de datos.

Fuente: Actualidad Jurídica